Noticias Profesionales


Pulse para bajarse el lector de PDF
 
marzo 2026
L M X J V S D
26 27 28 29 30 31 1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 1 2 3 4 5
Seleccione fecha en el calendario
Fecha seleccionada = 17/12/2025

INFORMATIVO DIGITAL
Trabajo y los sindicatos quieren blindar por ley que el permiso por fallecimiento se aplique en días laborables
La doctrina del Supremo ya establece que este derecho, en sus dos días ampliables a cuatro actuales, corresponde a los días laborables, pero el ministerio y los sindicatos buscan sellar la ampliación en el Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores dice lo siguiente sobre los permisos por fallecimiento: “La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad”. Esos dos días —ampliables a cuatro si se requiere un desplazamiento— van sin apellido, no se especifica si son naturales, hábiles o laborales. La reforma que han pactado el Ministerio de Trabajo y los sindicatos UGT y CC OO, a cuyo texto final ha tenido acceso EL PAÍS, sí especifica la naturaleza de estos días, con la idea de blindarla por ley: de prosperar la reforma, serían diez días laborables.
Esta es la situación que, en la práctica, ya rige con los dos días ampliables a cuatro. Pero lo hace por doctrina del Tribunal Supremo, que en 2020 fijó posición: corresponden a días laborables, según el alto tribunal, porque “el permiso solo tiene sentido si se proyecta sobre un periodo de tiempo en el que existe obligación de trabajar, pues de lo contrario carecería de sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo”. El Supremo insistió en la misma interpretación recientemente, aplicándola a otros permisos retribuidos.
El País, Lea la noticia completa AQUÍ

DISPOSICIONES DE LOS BB.OO.
DIARI OFICIAL DE LA GENERALITAT DE CATALUNYA (DOGC)
Ordre EMT/208/2025, d'11 de desembre, per la qual s'estableix el calendari de festes locals a Catalunya per a l'any 2026. (Publicado el día 17/12/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/Catalunya/Laboral y SS/Calendario
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE TARRAGONA (BOP)
RESOLUCIÓ, de 5 de desembre de 2025, per la qual es disposa la inscripció i la publicació de les taules salarials del Conveni col·lectiu de treball del sector de la Construcció de la província de Tarragona per a l’any 2025 (codi de conveni núm. 43000145011994). (Publicado el día 17/12/2025)
BOLETÍN OFICIAL DE ARAGÓN (BOA)
DECRETO de 15 de diciembre de 2025, del Presidente de Aragón, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Aragón. (Publicado el día 16/12/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/Aragón/Laboral y SS/Elecciones
BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE CEUTA (BOCCE)
Decreto del Consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, por el que se autoriza la apertura de los comercios en domingos y festivos del año 2026 en la Ciudad Autónoma de Ceuta. (Publicado el día 16/12/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/Ceuta/Laboral y SS/Calendario
Convenio Colectivo del Sector de Transporte de Enfermos y Accidentados en Ambulancias de la Ciudad Autónoma de Ceuta. (Publicado el día 16/12/2025)
BOLETÍN OFICIAL DEL PAÍS VASCO (BOPV)
DECRETO 232/2025, de 2 de diciembre, por el que se regula el régimen de las familias monoparentales. (Publicado el día 16/12/2025)
Situación web: Legislación Autonómica/País Vasco/Civil